Cuotas cubiertas por evento
Hasta 3 cuotas del pago regular del crédito por evento de cesantía.
Monto máximo por cuota
Tope de UF 15 por cuota.
Total de cuotas cubiertas
Máximo 6 cuotas durante toda la vigencia del crédito.
Causales de Cesantía Involuntaria
- Artículo 161: Necesidades de la empresa.
- Artículo 159 N°1 Mutuo acuerdo con indemnización (Al menos ⅔ de la indemnización que le correspondiese).
- Artículo 159 N°6 Caso fortuito o fuerza mayor.
- Empleados públicos o FFAA: Siempre que no sea voluntario o apelable a su conducta.
Tipo de trabajo
Ser trabajador dependiente con contrato indefinido, según el Código del Trabajo.
Antigüedad laboral
Tener al menos 180 días de trabajo ininterrumpido con el mismo empleador al momento de contratar el seguro.
Periodo de carencia
30 días desde la fecha de suscripción del seguro.
Estado del crédito
Tener cuotas vigentes por pagar y no estar en mora al momento del siniestro.
Paso 1: Completa el formulario
- Descarga el formulario de denuncia desde el sitio web correspondiente o solicítalo a tu ejecutivo Forum.
- Debe ser completado y firmado por el asegurado.
Paso 2: Reúne los documentos
- Formulario de denuncia firmado por el asegurado.
- Copia legalizada del finiquito o documento que acredite causal y fecha de despido.
- Certificado de las últimas 12 cotizaciones AFP o certificado de subsidio de cesantía, emitido después de la cuota reclamada.
- Documento de la entidad contratante que identifique al asegurado y el monto de la cuota del crédito.
- Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del asegurado.
- Para suspensión laboral o reducción de jornada: comprobante de pago de AFC y AFP posterior al pago de AFC, y en caso de reducción de jornada, liquidación de sueldo correspondiente.
Paso 3: Envía la documentación
Al correo denunciomasivo@bciseguros.com (con copia a forumsegurossiniestros.group@forum.cl)
¿Cuándo puedo hacer uso del seguro de Cuota Protegida?
Puedes activar la cobertura si quedas en cesantía involuntaria que te impida seguir trabajando como dependiente por más de 30 días seguidos. Para que la cobertura sea válida, debes cumplir con las siguientes condiciones:
- Haber transcurrido al menos 30 días desde la contratación del seguro (periodo de carencia).
- Contar con 180 días de trabajo continuo como trabajador dependiente con el mismo empleador.
- Tener las cuotas del crédito al día al momento del despido.