Forum Seguros

Forum SegurosProtección financiera para tu familia.

Forum SegurosCubre el saldo insoluto del crédito.

Forum SegurosCobertura por hospitalización.






Desgravamen

  • Cubre el saldo insoluto del crédito al último día del mes anterior al fallecimiento del asegurado.
  • El monto se paga al beneficiario una vez acreditado el fallecimiento.

Invalidez Total y Permanente (ITP) 2/3 por accidente o enfermedad

  • Cubre el saldo insoluto del crédito si el asegurado queda con una invalidez total y permanente igual o superior a 2/3.
  • El pago se realiza una vez que una entidad competente determine la invalidez.
  • El pago de esta cobertura pone fin a la póliza, igual que la de desgravamen.

Hospitalización por enfermedad o accidente

  • Cubre el riesgo de hospitalización en un establecimiento hospitalario por accidente o enfermedad.

Tipo de trabajo

Ser trabajador independiente.

Antigüedad laboral

Tener al menos 180 días de actividad continua como independiente.

Incapacidad mínima

Contar con una licencia médica o certificado por más de 30 días corridos

Estado del crédito

Tener cuotas vigentes por pagar y estar al día en los pagos al momento del siniestro.

Hospitalización por enfermedad o accidente

  • Cubre el riesgo de hospitalización en un establecimiento hospitalario por accidente o enfermedad.
  • Se pagan cuotas del crédito según días de hospitalización:
  • – 1ra cuota: a partir del día 8 de hospitalización
    – 2da cuota: a partir del día 13
    – 3ra cuota: a partir del día 18

  • Límite: máximo 2 eventos de hospitalización al año.
  • Deducible: 3 días
  • Tope de cuota por evento: UF 15.

¿Qué documentos debo presentar para hacer uso del seguro de Desgravamen?

  • Formulario de Denuncia de Siniestro firmado por el reclamante indicando número de la póliza (Descargar).
  • Certificado de defunción, en formato original, emitido por el Registro Civil, indicando causa de muerte.
  • Adjunta fotocopia de la cédula de identidad del asegurado.
  • Presenta el certificado de prueba de muerte.
  • Incluye el certificado de saldo de la deuda emitido por la entidad contratante a la fecha de fallecimiento.

¿Qué documentos debo presentar para hacer uso de Incapacidad Total y Permanente ITP 2/3?

  • Formulario de denuncia de siniestros firmado por el Asegurado indicando número de póliza y cobertura siniestrada (Descargar).
  • Fotocopia de cédula de identidad del Asegurado, por ambos lados.
  • Certificado de “Dictamen (ejecutoriado) de Invalidez Trabajador Afiliado” emitido por la Comisión Médica que determine la calidad de Invalidez Total y Permanente 2/3.
  • Dictamen ejecutoriado de Invalidez otorgado por la respectiva comisión médica.
  • Exámenes que fundamentan el diagnóstico – Ficha clínica, si ha habido hospitalización por el intermedio.
  • Historial médico de prestaciones de Fonasa y/o Isapre, de 2 o 3 años antes de vigencia individual del seguro.

¿Qué documentos debo presentar para hacer uso de la cobertura de Hospitalización por enfermedad o accidente?

  • Formulario de denuncia de siniestros firmado por el Reclamante (Descargar).
  • Autorización de hospitalización firmada por el médico tratante.
  • Certificado del Hospital que acredite los días de hospitalización del Asegurado en dicho recinto, o copia del Programa Médico o Factura emitida por el Hospital o Clínica en la cual se indiquen los días de hospitalización.
  • Certificado Médico indicando fecha y diagnóstico del accidente o enfermedad que requirió de la hospitalización.
  • Copia del Parte Policial en caso que corresponda.

Quiero dar de baja mi seguro de desgravamen, ¿Cómo se solicita?

Para dar de baja este seguro, debes enviar un correo electrónico a contacto@forum.cl, adjuntando tu cédula de identidad por ambos lados y una carta explicativa con el motivo de la baja.

¿Qué es el seguro de desgravamen e ITP ⅔ ?

El seguro de desgravamen cubre el saldo insoluto de la deuda automotriz del titular del crédito en caso de fallecimiento de forma natural o accidental.
En caso de que el titular del crédito sufra pérdida o disminución de sus fuerzas físicas o intelectuales, que ocasionen un menoscabo irreversible de al menos, 2/3 (dos tercios) de su capacidad de trabajo, Cubre el saldo insoluto del crédito automotriz.